RUTA Y PROTOCOLO PARA VALIDACIONES DE LAS NORMAS PROCEDIMENTALES
El Decreto No 1075 de 2015 incorporo el Decreto No 2832 del año 2005 que reglamenta la validación por grados de los estudios de la Educación formal, para los casos en que el estudiante pueda demostrar que ha logrado los conocimientos, habilidades y destrezas en cada una de las áreas obligatorias y fundamentales establecidas para los grados de la educación básica y media académica y en un solo examen para bachillerato en las instituciones Oficiales y No Oficiales del país para personas mayores de 18 años, es responsabilidad exclusiva del Instituto Colombiano para el fomento de la Educación ICFES y mediante Resolución No 838 del 09 de marzo de 2018, la Secretaria de Educación Municipal, establece la realización de la validación por grados de la Educación Formal, Básica y Media Académica para el año 2018,excepto el que conduzca el grado de bachiller.
Que la resolución en mención en su artículo primero autoriza a la Institución Educativa Claretiano Gustavo Torres Parra carácter oficial del Municipio de Neiva, mejor clasificada en las pruebas saber 11- categoría a+ 2017, la validación por grados de los estudios de la educación formal, con excepción del grado 11, a las personas que se encuentren en algunas de las situaciones expuestas en las consideraciones de la resolución, mediante evaluaciones o actividades académicas como lo establece el Artículo 2° del decreto 2832 del 2005 y que retoma la resolución 838 del 09 de marzo de 2018 expedida por la Secretaria de Educación Municipal de Neiva:
DE LOS PROCEDIMIENTOS
Artículo 2°. Procedimiento. Los establecimientos educativos que cumplan con los requisitos legales de funcionamiento y que en las pruebas de competencias SABER se encuentren ubicados por encima del promedio de la entidad territorial certificada o en el Examen de Estado se encuentren, como mínimo, en categoría alta, podrán efectuar, gratuitamente, la validación de estudios, por grados, mediante evaluaciones o actividades académicas para atender a personas que se encuentren en situaciones académicas como las siguientes:
- a) Haber cursado uno o varios grados sin el correspondiente registro en el libro de calificaciones;
- b) Haber cursado o estar cursando un grado por error administrativo sin haber aprobado el grado anterior;
- c) Haber cursado estudios en un establecimiento educativo que haya desaparecido o cuyos archivos se hayan perdido;
- d) Haber estudiado en un establecimiento educativo sancionado por la Secretaría de Educación por no cumplir con los requisitos legales de funcionamiento;
- e) Haber realizado estudios en otro país y no haber cursado uno o varios grados anteriores, o los certificados de estudios no se encuentren debidamente legalizados;
- f) No haber cursado uno o varios grados de cualquiera de los ciclos o niveles de la educación básica o media, excepto el que conduce al grado de bachiller.
El artículo segundo de la resolución No 838 de 09 de marzo de 2018 manifiesta que las validaciones son totalmente gratis, en el artículo segundo señala que los rectores deben dar cumplimiento al Decreto No 1075 de 2015 en lo pertinente y un su parágrafo único establece que la autorización para validaciones debe seguir un proceso y en consecuencia hacerse mediante resolución institucional y ser registrada en el acta de validaciones que debe contener:
Registrar el acta de validaciones,
Se consigna el número de la resolución institucional que autoriza,
Nombre del interesado en validar,
El tipo de situación académica que motiva la validación,
Actividad académica realizada,
Tipo de evaluaciones practicadas y resultados valorativos conforme a la escala establecida a nivel Institucional en concordancia con el Decreto 1290 de 2009.
DE LAS ACTUACIONES INSTITUCIONALES
EL interesado solicita mediante documento escrito a la Institución Educativa la validación especificando el grado a validar.
La solicitud escrita la debe entregar el interesado en la secretaria académica de la institución, una vez radica se remite a rectoría y una vez recibida el señor rector convoca a reunión extraordinaria al Consejo Académico.
Analizada la solicitud en el Consejo Académico se establecen trabajos y los respectivos plazos en todas las áreas.
El Consejo Académico puede establecer que los trabajos asignados sean evaluados mediante exposiciones o mediante una evaluación tipo ICFES, en caso de determinar que el examen es mediante exposiciones, el Consejo Académico selecciona a los profesores en cada una de las áreas que realizaran el examen y en todo caso el veedor será uno de lo coordinadores de la institución
Si por el contrario el Consejo Académico determina que la evaluación es tipo ICFES, se cita al interesado o los interesados a una capacitación previa antes del examen para adiestrarlos en el manejo del cuadernillo y explicarle el tipo de preguntas y el tiempo requerido para la resolución para todo el examen.
Efectuado el examen se determina el plazo para la entrega de resultados o la calificación final, la nota final será registrada en el libro o registro de validaciones y el estudiante que presento la validación hará parte del libro de registro Escolar de Valoración Institucional.
Una vez aprobada la ruta y protocolo en el Consejo Académico sobre validaciones, para a la aprobación definitiva y modificaciones ante Consejo Directivo de la Institución para su adopción e implementación.
RESOLUCION NÚMERO ——-
Mes —— día ——- año 201—–
EL RECTOR DE LA INSTITUCION EDUCA QUE FUNCIONA EN EL MUNICIPIO DE—————-, en uso de sus atribuciones legales y
C O N S I D E R A N D O:
Que la Institución Educativa, en concordancia con el artículo 89 de la Ley 115 de 1994, el Decreto No. 2832 de agosto 16 del año 2005 compilado en el decreto 1075 de 2015 y la Resolución No.838 del 09 de marzo de 2018 emanada de la Secretaria de Educación Municipal, se encuentra autorizado para practicar validación de estudios por grados de la educación formal en el nivel básico y nivel de media académica, durante el año lectivo 2018.
Que la Institución Educativa en el año 2017 fue clasificada en los exámenes pruebas ICFES – SABER11 en Categoría A+
Que ——————————————- con C.C. No. ——————– de ———————–, ha solicitado se le practique examen de validación del grado——— de Educación Básica Secundaria, pendiente de acreditar teniendo en cuenta los considerandos de la resolución No 838 el 09 de marzo del año 2018.
R E S U E L V E:
ARTÍCULO UNICO: Practicar el examen de validación del Grado ——. de educación básica secundaria a ————- identificada con C.C. No. ——— expedida en —— Departamento del ————-,
COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
Dada en —— – Departamento del——–, a los —— días del mes de —— del año 201—-.
————————————————-
Rector
RESOLUCION NÚMERO ———–
(mes—-día —-año 201–)
EL RECTOR DE LA INSTITUCION EDUCATIVA.
En uso de sus atribuciones legales y
C O N S I D E R A N D O:
- Que La Institución Educativa teniendo en cuenta la Ley 115 de 1994 en su artículo 89, el Decreto No. 2832 de agosto 16 de 2005 y la Resolución No. 838 del 09 de marzo del año 2018 emanada por la Secretaria de Educación Municipal de la Ciudad de Neiva, la Secretaria de Educación en el área de Asuntos Legales y de Inspección y vigilancia, por medio de la cual se autoriza a esta institución educativa para practicar validaciones por grados de estudios de educación formal básica y media académica hasta grado décimo durante el año lectivo 2018.
- Que la Institución Educativa Claretiano Gustavo Torres Parra en el año 2017 fue clasificada en los exámenes pruebas ICFES –SABER-11 en Categoría A +.
- Que ——————————————————– C.C. No.——————– de la Ciudad de ——————Departamento del ——————————-, ha solicitado se le practique examen de validación del grado ———————- de Educación Básica y Media Académica pendiente de acreditar teniendo en cuenta los Considerandos de la resolución mencionada anteriormente.
R E S U E L V E:
ARTÍCULO UNICO: Practicar el examen de validación a: —————————————————. identificado con C.C. N—————- expedida en —————– Departamento——————- , teniendo en cuenta la Ley 115 de 1994 en su artículo 89, el Decreto No. 2832 de agosto 16 de 2005 y la Resolución No. 838 del 09 de marzo del año 2018 expedida por la Secretaria de Educación Municipal de la Ciudad de Neiva ,Departamento del Huila
COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
Dada en ——Departamento del ———, a los ——- (–) días del mes de —— del año———
————————————————-
Rector
ACTA DE VALIDACION No. ————
EL SUSCRITO RECTOR DE LA INSTITUCION EDUCATIVA
CERTIFICA:
Que: _______________________
Identificado con C.C. No. ——– expedida en ——Departamento del ———– , presentó en esta Institución Educativa el examen de validación del Grado ——- de Educación Básica y Media Académica en el año 2.01—- con las valoraciones que a continuación se expresan, teniendo en cuenta La Ley 115 de 1994 en su artículo 89, El Decreto No. 2832 de Agosto 16 de 2005 y la Resolución No. 838 del 09 de marzo del año 2018 emanada de la Secretaria de Educación Municipal Departamento del Huila del Huila, áreas de Asuntos Legales y de Inspección y vigilancia, por medio de la cual autoriza a la Institución Educativa Claretiano Gustavo Torres Parra para practicar validaciones por grados de estudios de Educación Formal Básica y Media Académica durante el año lectivo, y la Resolución Institucional Interna No. —– de fecha —— (—) de —— del año 201—–
GRADO—DE EDUCACION FORMAL BASICA Y MEDIA ACADEMICA AÑO 2.01-
ASIGNATURAS NIVEL DE DESEMPEÑO
Ciencias Naturales y Educación Ambiental BASICO
Ciencias Sociales (Hist. Geog. Const. Y Democracia) BASICO
Educación Artística y Cultural ALTO
Educación Ética y Valores Humanos ALTO
Educación Física Recreación y Deportes EXCELENTE
Educación Religiosa ALTO
Humanidades Lengua Castellana e Idioma Extranjero BASICO
Matemática BASICO
Tecnología e Informática ALTO
El presente certificado es fiel y autentica copia tomada de su original que reposa en el libro de Registro de Calificaciones (Validaciones) del año 2.01—
Expedido en ——-Departamento del———, a los ——— (–) días del mes de ——- del año 201—-.
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RECTOR
C.C. No. ———————-de ————————— Departamento del ———-