Teniendo en cuenta que algunos problemas de convivencia tienen tratamiento específico y los cuales han mostrado ya su impacto en la comunidad educativa de la Institución Claretiano Gustavo Torres Parra por ser elementos que afectan de manera significativa la sana convivencia y a su vez se convierten en elementos generadores de diversas problemáticas comportamentales que se evidencian en actitudes negativas para la vida institucional; se abordan en este capítulo aspectos generales como:
- Atención ante el consumo de Sustancias Psicoactivas (SPA)
- Atención en caso de accidente escolar.
- Atención a casos de estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (NEE).
- Atención a casos de estudiantes con necesidades educativas transitorias (NET)
- Atención a casos de estudiantes con bajo rendimiento escolar.
- Atención en caso de porte y/o distribución de Sustancias psicoactivas.
- Atención en caso de acoso escolar Bullying ciberbullying o ciberacoso
- Atención en caso de Abuso sexual.
- Atención en caso de conductas de intento suicida.
- Atención en caso de maltrato infantil.
- Atención en caso de violencia intrafamiliar.
Tópicos que requieren la acción intersectorial de diversas entidades del municipio por tratarse de situaciones complejas, en la que la institución educativa no tiene los elementos necesarios para enfrentar en forma holística la problemática suscitada. Por lo que conscientes de las limitantes de recursos humanos, físicos y presupuestales se aboca la necesidad de realizar una mirada desde lo señalado por las entidades responsables del tratamiento integral de dichas problemáticas.
En este sentido el desarrollo de este capítulo toma en forma textual algunos de los elementos de la cartilla “PROTOCOLO DE SALUD MENTAL” elaborada por el municipio de Neiva y su secretaria de salud, para el tratamiento de dificultades de convivencia escolar derivados de problemas estructurales que se generan en la dinámica familiar y social; los cuales requieren los esfuerzos mancomunados de diferentes entidades para su abordaje integral.
1.- EL CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS (SPA)
El consumo de Sustancias Psicoactivas (SPA) se reconoce como una de las problemáticas más agudas en la sociedad ya sea por el deterioro en la salud que genera como también por los efectos colaterales que conlleva en los planos personal, familiar y social. Por tal razón, han sido numerosos y diversos los esfuerzos para reducir su impacto.
Inicialmente hay que identificar los factores de riesgo frente al consumo, el cual refiere que son aquellas situaciones, conductas o elementos de la persona y el contexto que hacen más probable el consumo. Es posible distinguir factores personales como inestabilidad emocional, poca tolerancia a la frustración, problemas conductuales y psicológicos, retraimiento, entre otros, así como factores sociales relacionados con desintegración familiar, contextos en que se favorece el consumo de drogas a través de ciertos valores y estilos de vida, mayor oferta, etc. A la hora de identificar un caso o planificar una intervención, se deben tener en cuenta los factores de riesgo.
1.1 Análisis de los factores de riesgo para el CONSUMO DE SPA:
- Menores que muestren situaciones de Vulnerabilidad Social, entendiéndose dicha situación como niños, niñas y adolescentes pertenecientes a familias ubicadas en lugares marginales, con bajos ingresos económicos y que se enfrentan a una acumulación de factores de riesgo o condiciones de vulnerabilidad, las que les impide oportunidades para un sano desarrollo y exponen al consumo problemático de drogas y otros daños psicosociales, manteniendo y agravando la exclusión social.
- La mayoría de las Familias de estos menores consumidores no son agentes protectores y se caracterizan por tener un alto índice de conflictividad entre los padres (padres separados, familias reconstituidas, monoparentales), tienen malas relaciones familiares, debilidad en las pautas de crianza y escaza disciplina.
- La edad es un factor de riesgo: el inicio temprano en el consumo de sustancias psicoactivas ilícitas se está presentando en la pubertad antes que en la adolescencia, entre los 11 y los 15 años aproximadamente. Ante este fenómeno, se encuentra que el consumo precoz es un factor de riesgo que predispone al adolescente o niño a involucrarse en problemas más graves como desarrollo de trastornos de personalidad y vinculación en crímenes, entre otros.
- Hay una preferencia por la marihuana como consumo de sustancia ilícita y droga de inicio al mundo de las drogas ilícitas, lo cual se ve favorecido por la facilidad de adquisición en la ciudad, en términos de precio, personas y lugares de expendio.
- Se presenta un proceso de pre deserción escolar por parte de la mayoría de los menores que tienen consumo de sustancias psicoactivas asociado a conducta delictiva, caracterizado por ausentismo escolar, bajo rendimiento escolar, problemas de comportamiento, desmotivación por el estudio y actividades académicas; ante este fenómeno se ha encontrado en diferentes estudios que el consumo de sustancias psicoactivas en adolescentes está asociado de manera directa con el fracaso y abandono escolar.
- El inadecuado aprovechamiento del tiempo libre, se ha constituido en una de los principales escenarios y contextos.
- En la mayoría y por no ser alarmantes, en casi un 90% se tiene una relación directa entre el consumo de S.P.A. y conductas delictivas entre los menores, caracterizada por pequeños robos e inclusión a pandillas delincuentes con hurtos organizados, adquisición de armas blancas, hechizas y en los casos más extremos armas de fuego.
- El consumo ha conllevado a que los estudiantes tengan una disminución en su rendimiento académico, agresividad y otras situaciones que ha generado la deserción escolar en la mayoría de los casos. Ante esta situación el riesgo es mayor, ya que se vinculan casi de forma total a las conductas delictivas y de consumo de S.P.A.
- La mayoría de los estudiantes consumidores son Hombres.
1.2. Definiciones de caso.
1.2.1 Caso de uso indebido de sustancias psicoactivas:
Uso indebido: se entenderá toda aplicación de sustancias psicoactivas sin prescripción médica o cuando existiendo la prescripción médica, se extienda el uso más allá del tiempo indicado, o cuando la dosis sobrepase la prescripción. Las sustancias se agrupan en alcohol, alucinógenos, anfetaminas o simpaticomiméticos de acción similar, cafeína, cannabis, cocaína, fenciclidina (PCP) o arilciclohexaminas de acción similar, inhalantes, nicotina, opioides, sedantes, hipnóticos y ansiolíticos o mezclas de cualquiera de las anteriores.
1.2.2 Dependencia de sustancias.
Consiste en un grupo de síntomas cognoscitivos, comportamentales y fisiológicos que indican que el individuo continúa consumiendo la sustancia, a pesar de la aparición de problemas significativos relacionados con ella. La dependencia se define como un grupo de tres o más de los síntomas enumerados a continuación, que aparecen en cualquier momento dentro de un mismo periodo de doce meses:
Tolerancia: definida por cualquiera de los siguientes ítems:
– Una necesidad de cantidades marcadamente crecientes de la sustancia para conseguir la intoxicación o el efecto deseado.
– El efecto de las mismas cantidades de sustancia disminuye claramente con su consumo. Abstinencia: definida por cualquiera de los siguientes ítems:
– Presencia de un cambio desadaptativo del comportamiento, debido al cese o la reducción del uso prolongado de grandes cantidades de sustancias. La abstinencia va asociada con frecuencia, aunque no siempre, a la dependencia de sustancias.
– Se toma la misma sustancia (o una muy parecida) para aliviar o evitar los síntomas de abstinencia. – La sustancia es tomada con frecuencia en cantidades mayores o durante un periodo más largo de lo que inicialmente se pretendía.
1.2.3 Abuso de sustancias
La característica esencial del abuso de sustancias consiste en un patrón desadaptativo de consumo, manifestado por consecuencias adversas significativas o recurrentes. Puede darse el incumplimiento de obligaciones importantes, consumo repetido en situaciones en que hacerlo es físicamente peligroso, problemas legales múltiples y problemas sociales e interpersonales recurrentes. Estos problemas pueden tener lugar repetidamente durante un periodo continuado de doce meses. A diferencia de los criterios para la dependencia de sustancias, los criterios para el abuso de sustancias no incluyen la tolerancia, la abstinencia ni el patrón de uso compulsivo y, en su lugar, se citan únicamente las consecuencias dañinas del consumo repetido.
1.3. Intervenciones
1.3.1 Individual
- En caso de detectarse consumo de psicoactivos en un menor, se recomienda su remisión A LA EPS para consulta con un profesional en un campo afín a salud mental o un servicio o programa especializado. Debe prestarse especial atención a las complicaciones conexas con el consumo de psicoactivos que puedan implicar riesgo inminente para la vida del paciente. La probabilidad de intentos suicidas con o sin depresión o la participación en acciones de carácter violento, debe ser abordada por un equipo interdisciplinario.
- También se recomienda el trabajo con la familia del paciente, atendiendo a las situaciones que pueden generarse en la vida familiar por el abuso de sustancias.
1.3.2 Colectiva
Debe estimarse la conveniencia de realizar acciones de alcance comunitario a partir de un solo caso. El consumo de psicoactivos está frecuentemente ligado a prácticas grupales. A partir del caso se recomienda un abordaje con grupos (por ejemplo, si el consumo se da alrededor de centro educativos o laborales).
Las acciones con la comunidad deben encaminarse tanto a la estimación de la magnitud del problema de uso indebido de psicoactivos en la comunidad como hacia un abordaje intersectorial e interinstitucional para el control y la prevención del consumo de psicoactivos.
Se recomienda el establecimiento de diseños educativos específicos, de acuerdo con las características de cada grupo que aborden por lo menos las competencias comportamentales, cognoscitivas y actitudinales.
1.4. RUTA DE ATENCIÓN AL CONSUMO, SUSTANCIAS PSICOACTIVAS (SPA):
El grupo de menores o adolescentes consumidores de sustancias SPA, se consideran como victimas dentro de la dinámica social y por lo tanto son individuos que se deben proteger para evitar el deterioro físico, social y emocional; ya que son calificados como individuos patológicamente dependientes de una droga que requieren la ayuda de la familia, la escuela y los diferentes organismos intersectoriales como los servicios de salud y bienestar familiar para vencer su adicción. En este sentido se propone esta ruta especial para los miembros de la comunidad educativa del sector de estudiantes que presenten o haya indicios del consumo SPA.
- Persona que identifica la situación o a quien se dirige al estudiante, informa a la Coordinación respectiva.
- Se cita y escucha al estudiante.
- Citación a los padres de familia o acudientes para informarles sobre el debido proceso, situación tipo lll.
- Acta y compromiso de padres y estudiante.
- Remisión a servicio de Orientación escolar.
- Entrevista con el estudiante y citación a padre de familia o acudiente.
- Remisión para valoración y Diagnóstico integral.
- Aplicación y/o desarrollo de medidas preventivas.
- Si el consumo es descartado se continúa con servicio de orientación y seguimiento hasta la segunda y tercera semana.
- Si el consumo es confirmado se continúa con seguimiento por parte de orientación.
- Se realiza remisión a servicio de salud y bienestar familiar.
- Solicitud de la inscripción del estudiante en un programa de rehabilitación en jornada contraria. 13. El incumplimiento de los compromisos generara remisión del caso a Comité de Convivencia y Consejo directivo.
1.5. RUTA DE ATENCIÓN EN CASO DE PORTE Y/O DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS:
El porte y la distribución de sustancias psicoactivas constituye un delito flagrante como lo establece la ley 30 de 1986, Estatuto Nacional de Estupefacientes. Por lo tanto se considera una situación de tipo III.
- El docente o quien conozca la situación, informa a Coordinación.
- Citación e informe a los padres de familia o acudientes elaboración de acta respectiva.
- Remisión al Comité de Convivencia.
- Notificación a la Policía de infancia y adolescencia y al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
- ATENCIÓN EN CASO DE ACCIDENTE ESCOLAR.
2.1 ¿Qué se entiende por Accidente Escolar?
Es toda lesión que un estudiante sufra a causa o con ocasión de sus estudios, o en la realización de su práctica profesional o educacional, y que le produzca incapacidad o muerte. Se consideran también los accidentes de trayecto que sufran los alumnos.
- ¿Qué tipos de accidentes se exceptúan?
- Los producidos intencionalmente por la víctima.
- Los ocurridos por fuerza mayor extraña que no tengan relación alguna con los estudios o práctica profesional.
- RUTA DE ATENCIÓN EN CASO DE ACCIDENTE ESCOLAR.
Se propone adquirir por parte de los estudiantes matriculados en la institución educativa Claretiano Gustavo Torres Parra, la dotación del seguro estudiantil que les cubra los gastos médicos fundamentales en caso de un accidente en la escuela.
- Una vez que un docente o un directivo docente detecten que un estudiante ha sufrido un accidente (hecho violento, visible, externo, imprevisto, repentino e independiente de la voluntad del estudiante), informa al superior inmediato, en caso de emergencia se llama a la línea 123 para solicitar ambulancia.
- El docente o directivo docente informa al padre de familia, busca la forma de remitirse en el menor tiempo posible a un centro de salud; con el acompañamiento del padre de familia, evitando el movimiento de la persona accidentada y dejando que solo lo realice personal especializado; se debe evitar aglomeraciones y reportar en forma escrita lo sucedido teniendo en cuenta la hora en que se presenta el suceso y las acciones que se han realizado hasta ese momento.
- Realizar el seguimiento a la atención que se le presta a la persona accidentada a través de comunicación telefónica con el padre de familia.
- Facilitar la reincorporación del estudiante accidentado, después de su proceso de recuperación.
- ATENCIÓN A CASOS DE ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES (NEE).
3.1 Quien es un estudiante con Necesidades Educativas Especiales (NEE)
Se definen como estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (NEE) a aquellas personas con capacidades excepcionales, o con alguna discapacidad de orden sensorial, neurológico, cognitivo, comunicativo, psicológico o físico-motriz, y que puede expresarse en diferentes etapas del aprendizaje.
Se entiende por estudiante con discapacidad a aquel que presenta limitaciones en su desempeño dentro del contexto escolar y que tiene una clara desventaja frente a los demás, por las barreras físicas, ambientales, culturales, comunicativas, lingüísticas y sociales que se encuentran en su entorno (artículo 2° del Decreto 366 del 2009)
Por ello se hace necesario estructurar procesos educativos que atiendan tanto a la diferencia, como a las potencialidades o limitaciones de los alumnos, siempre en la perspectiva de forjar un desarrollo individual y social pleno.
- RUTA DE ATENCIÓN A CASOS DE ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES (NEE).
Para el tratamiento a los estudiantes que presenten Necesidades Educativas Especiales; la institución pondrá en funcionamiento la siguiente ruta, que busca favorecer la prestación del servicio educativo para este tipo de población de la mejor manera posible, desde el principio que al tratarse de casos especiales se requiere aunar esfuerzos de forma intersectorial porque la institución educativa carece del personal idóneo (psicólogos, terapeutas, fonoaudiólogos, interpretes, psicólogos cognitivos, neurolinguistas y otras especialidades); profesionales que se encuentran calificados para direccionar los procesos de aprendizaje de esta población o que son focalizados en diferentes instituciones educativas por la SEM de Neiva.
En el marco de lo que desde la institución educativa se puede adelantar se establece:
- Detección por parte del docente de la NEE.
- Remisión escrita a Orientación escolar a través de formato correspondiente.
- Entrevista con la estudiante para realizar valoración psicopedagógica por parte de la orientadora correspondiente.
- Aplicación de prueba Tamiz.
- Citación al padre de familia para informarle la situación y participación en el manejo del caso.
- Remisión del caso al sector de Salud para el respectivo diagnóstico y tratamiento requerido.
- Los resultados y recomendaciones serán socializadas con el director de curso, para el adecuado manejo del caso.
- Diseño de currículo flexible por docente de área o tutor.
Ø Ruta de atención a casos de estudiantes con bajo rendimiento escolar
- Remisión de la persona que identifica la situación o a quien el estudiante se dirige.
- Remisión a Docente titular.
- Charla con el estudiante y sus padres o acudientes.
- Remisión a coordinación académica.
- Remisión a docente de área para que se estipule en común acuerdo un plan de mejora.
- Si la situación de rendimiento académico mejora se continua con el seguimiento por parte del docente de área y el coordinador.
- Si la situación de rendimiento académico no mejora se realiza remisión a orientación escolar, a E.P.S para valoración por especialistas, y se continua con valoración y apoyo psicopedagógico y trabajo con padres.
Ø Ruta de atención en caso de acoso escolar Bullying ciberbullying o ciberacoso
- El docente o quien conozca la situación o a quien el estudiante se dirige, informa a Coordinación. 2. Se cita y escucha al estudiante afectado.
- Se cita y escucha al agresor.
- Citación a los padres de familia o acudientes para informarles sobre el debido proceso, situación tipo lll.
- Remisión a servicio de Orientación Escolar.
- Citación a padres o acudientes y diseño de estrategias preventivas y correctivas.
- Si existen resultados positivos se realiza seguimiento a la segunda y cuarta semana, de lo contrario remisión a Coordinación, para continuar con el debido proceso.
- Reporta a sistema de alertas del Municipio
Ø Ruta de atención en caso de Abuso sexual
- Recepción de la situación por parte de persona que identifica la situación o a quien el estudiante se dirige.
- Remisión a Orientación Escolar
- Reporta Comisaria de familia, Bienestar familiar y cita a los padres o acudientes.
- Si la situación de abuso se descarta se cierra el caso.
- Si la situación de abuso se confirma se realizan seguimientos a la primera y tercera semana de ocurrida la situación, si persiste la situación se hace seguimiento con nueva citación a padres o acudientes, si mejora la situación se realiza seguimiento a los dos y tres meses.
Ø Ruta de atención en caso de conductas de intento suicida.
- La persona que identifica la situación o a quien se dirige la estudiante informa a orientación o a coordinación.
- Elaboración de acta de notificación en orientación o en Coordinación.
- Entrevista y Atención inmediata al estudiante, citación a padre de familia o acudiente.
- Se reporta a los servicios de salud y protección de infancia
- Aplicación y/o desarrollo de medidas preventivas.
- Si hay resultados positivos, se realiza seguimiento a las 2 y 4 semana y ante resultados negativos, remisión a bienestar familiar.
Ø Ruta de atención en caso de maltrato infantil.
- La persona que identifica la situación o a quien se dirige la estudiante informa a orientación Escolar.
- Reporta a Comisaria de familia, Bienestar familiar y cita a los padres o acudientes.
- Si la situación de Maltrato infantil se descarta se cierra el caso
- Si la situación de Maltrato infantil se confirma se realizan seguimientos a la primera y tercera semana de ocurrida la situación, si persiste la situación se hace nuevo reporte a comisaria de familia y Bienestar Familiar para que adelanten proceso de retribución de derechos de la víctima, si mejora la situación se realiza seguimiento a los dos y tres meses.
Ø Ruta de atención en caso de violencia intrafamiliar
- Recepción del caso por parte de la persona que identifica la situación o a quien el estudiante se dirige.
- Remisión a Orientación Escolar.
- Reporta a sistema de alertas del municipio, Comisaria de familia, Bienestar familiar y cita a los padres o acudientes.
- Si la situación de Violencia intrafamiliar se descarta se cierra el caso
- Si la situación de Violencia Intrafamiliar se confirma se realizan seguimientos a la primera y tercera semana de ocurrida la situación, si persiste la situación se hace nuevo reporte a comisaria de familia y Bienestar Familiar para que adelanten proceso de retribución de derechos de la víctima; si mejora la situación se realiza seguimiento a los dos y tres meses.
Parágrafo: La no asistencia de los padres o acudientes a las citaciones requerirá denuncia ante el bienestar familiar.